En relación con su solicitud de 19 de abril pasado relativo a la aptitud de uso del producto OXY LIMB A para tratar el agua de las piscinas, le informo que la autorización, homologación y registro de estos productos es competencia del Ministerio de Sanidad y Consumo, debiendo ser comercializados y utilizados en las condiciones establecidas en la correspondiente resolución de homologación del producto.
Por lo tanto la Comunidad Foral de Navarra no es competente en esta materia correspondiéndole las actuaciones de inspección y control del cumplimiento, entre otras, de las normas relativas a la seguridad química e higiene de las piscinas de uso colectivo, por lo que no es posible atender su solicitud en la forma propuesta.
sábado, 18 de julio de 2009
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